Orden SND/319/2020 por la que se modifica la Orden SND/232/2020
Orden SND/319/2020, de 1 de abril, por la que se modifica la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Publicado en el BOE y con efectos desde el 3 de abril de 2020.
Modificación y ampliación de las medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la crisis sanitaria.
Contenido a destacar
Los contratos que todos los residentes tienen suscritos, cualquiera que sea la espe-cialidad en la que estén realizando la formación sanitaria especializada y cualquiera que sea el año que estén cursando, se prorrogarán automáticamente.
La autoridad sanitaria competente de la comunidad autónoma podrá determinar que los residentes de cualquier año de formación y de cualquier especialidad, presten servicios en Unidades con especial necesidad.
El Ministerio de Sanidad gestionará las solicitudes de las comunidades autónomas o de los centros de la Administración General del Estado que, no contando con residentes en formación, precisen de los servicios de estos profesionales.
El Ministerio de Sanidad contactará con aquellas CCAA a las que, les pueda ser soli-citado el traslado de residentes a otra comunidad autónoma con mayores necesidades asistenciales.
Autorización, con carácter excepcional y transitorio, la contratación de aquellos profesionales sanitarios, que cuenten con título de Especialista obtenido en Estados no miembros de la Unión Europea siempre que hayan adquirido una formación cualitativa y cuantitativamente equivalente a la que otorga el correspondiente título español de Especialista y se encuentren en la fase de evaluación.
El contrato será de un máximo de tres meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses.
El Ministerio de Sanidad facilitará a las CCAA los datos de contacto de estos profesionales.
Las personas que han finalizado sus estudios de Formación Profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, pero aún no se les ha expedido el título, podrán ser contratadas por las CCAA aportando certificado que acredite la finalización de sus estudios.
Las CCAA podrán disponer de los Médicos Forenses y profesionales adscritos al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses que no estén prestando servi-cios esenciales en el ámbito de la Administración de Justicia.