Las prestaciones económicas son un derecho del trabajador gestionado por la empresa y Umivale Activa. A continuación, se detallan las principales contingencias cubiertas:

Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional
Cobertura económica derivada de lesiones o patologías contraídas en el desempeño de la actividad laboral.
Incapacidad Temporal por Contingencia Común
Subsidio durante bajas médicas por enfermedad común o accidentes no relacionados con el trabajo.
Riesgo durante el Embarazo o la Lactancia Natural
Prestación destinada a trabajadoras cuyo puesto de trabajo puede afectar negativamente su salud o la del feto/lactante.
Cuidado de Menores con Cáncer u otra Enfermedad Grave (CUME)
Subsidio para progenitores que reducen su jornada laboral para el cuidado directo, continuo y permanente del menor.

Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional

Incapacidad Temporal
Desde Umivale Activa asumimos la prestación económica desde el día siguiente a la baja médica hasta la total recuperación del paciente.
Incapacidad Permanente
Cuando una trabajadora o trabajador ha sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional, si después del tratamiento médico presenta reducciones que disminuyen o anulan su capacidad laboral, será dado de alta con una propuesta de solicitud de grado de incapacidad.
Muerte y Supervivencia
Si el accidente de trabajo o la enfermedad profesional derivan en fallecimiento, el cónyuge, los hijos menores de 18 años o los familiares más próximos pueden solicitar estas prestaciones.

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Riesgo durante el Embarazo o la Lactancia

Esta prestación cubre la pérdida de rentas de las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia.

El empresario deberá adoptar las medidas preventivas necesarias para evitar que el riesgo exista (según el artículo 26 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales). Para ello, deberá solicitar a su Servicio de Prevención una evaluación de riesgos.

Los riesgos o patologías no relacionados con el puesto de trabajo no son situaciones cubiertas por esta prestación.

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Cuidado de Menores con Enfermedad Grave (CUME)

Esta prestación tiene por objeto compensar la pérdida de ingresos económicos que sufren las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras que reducen su jornada de trabajo para el cuidado directo, continuo y permanente de menores a su cargo afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

La empresa debe facilitar al trabajador o trabajadora un certificado indicando la base de cotización, así como el porcentaje de reducción de jornada y fecha de inicio de la misma e ingresar únicamente las aportaciones correspondientes a la cotización a la Seguridad Social a cargo (cotizar únicamente por el porcentaje de jornada laboral no reducido).

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