¿Cuáles son las principales prestaciones que afectan a las empresas que se tramitan en las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social?
Prestación por cuidado del menor (CUME)
La prestación por cuidado del menor (CUME) va dirigida a las personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras que cumplen con todos los requisitos establecidos y reducen su jornada de trabajo al menos en un 50 por cien y como máximo en un 99,9 por cien. Una reducción destinada al cuidado directo, continuo y permanente de menores a su cargo afectados por cáncer u otra enfermedad grave durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.
La cuantía equivale al 100 por cien de la base reguladora por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales y en proporción a la reducción de jornada solicitada por la persona trabajadora.
Para consultar el listado de enfermedades contempladas como supuesto protegido, descarga el listado del anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
¿Qué debe hacer la empresa en este caso?
En caso que la trabajadora o trabajador te lo solicite, debes:
- Facilitarle un certificado de empresa indicando la base de cotización, así como el porcentaje de reducción de jornada y fecha de inicio de la misma
- Ingresar únicamente las aportaciones correspondientes a la cotización a la Seguridad Social a tu cargo (cotizar únicamente por el porcentaje de jornada laboral no reducido).
La gestión y el pago de la prestación económica es a cargo de Umivale Activa.
Si quieres conocer más sobre esta prestación visita nuestras preguntas frecuentes.