¿Cuáles son las principales prestaciones que afectan a las empresas que se tramitan en las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social?

Prestación por cuidado del menor (CUME)

Definición y Características de la Prestación CUME

La prestación por cuidado del menor (CUME) va dirigida a las personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras que cumplen con todos los requisitos establecidos y reducen su jornada de trabajo al menos en un 50 por cien y como máximo en un 99,9 por cien. Una reducción destinada al cuidado directo, continuo y permanente de menores a su cargo afectados por cáncer u otra enfermedad grave durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.

La cuantía equivale al 100 por cien de la base reguladora por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales y en proporción a la reducción de jornada solicitada por la persona trabajadora.

Para consultar el listado de enfermedades contempladas como supuesto protegido, descarga el listado del anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Padre administrando tratamiento con un nebulizador a su hijo pequeño.

¿Qué debe hacer la Empresa?

El pago de esta prestación es gestionado directamente por Umivale Activa. La empresa tiene las siguientes responsabilidades:

  1. Facilitarle un certificado de empresa indicando la base de cotización, así como el porcentaje de reducción de jornada y fecha de inicio de la misma.
  2. Ingresar únicamente las aportaciones correspondientes a la cotización a la Seguridad Social a tu cargo (cotizar únicamente por el porcentaje de jornada laboral no reducido).

Para más detalles sobre el proceso, consulte nuestra Guía Informativa completa sobre la CUME.