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Adopción medidas relativas al uso obligatorio de mascarillas

uso mascarilla

Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Publicación BOE y entrada en vigor: 20 de abril de 2022

Objeto: Establecimiento de los supuestos de uso obligatorio de la mascarilla para las personas de 6 años en adelante, así como las excepciones a dicha obligación

Contenido a destacar

  • Medidas de prevención e higiene
    • Se mantiene la obligatoriedad del uso de mascarillas (mayores de 6 años):
      • Centros, servicios y establecimientos sanitarios
        • Personas trabajadoras. 
        • Visitantes. 
        • Pacientes (Excepción: Personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación). 
      • Centros sociosanitarios:
        • En zonas compartidas: 
          • Trabajadores.
          • Visitantes.
      • Medios de transporte: 
        • Aéreo.
        • Ferrocarril. 
        • Por cable. 
        • Autobuses. 
        • Transportes públicos de viajeros.
        • Buques y embarcaciones: En espacios cerrados cuando NO sea posible mantener la distancia de 1,5 metros (Excepción: En los camarotes cuando sean compartidos por núcleos de convivientes). 
    • Eliminación del uso obligatorio de mascarillas: 
      • No será exigible para las personas que presenten: 
        • Algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla
        • Por situación de discapacidad o dependencia: no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. 
      • Tampoco será exigible para aquellas actividades que el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones sanitarias. 

 

  • Otras medidas.
    • Derogación del Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
    • Recomendaciones:
      • Uso responsable de la mascarilla en:
        • Espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado.
        • Eventos multitudinarios. 
        • Entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas.
      • Entorno laboral:
        • No resultará preceptivo el uso de mascarillas (carácter general pero los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación).  

 

Consulta aquí el material de prevención de riesgos laborales preparado al respecto

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20/04/2022