Salario Mínimo Interprofesional para 2022
Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2022.
Publicado en el BOE el 23 de febrero de 2022 y entra en vigor el 24 de febrero de 2022.
Supone el incremento del 3,63 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) respecto del 2021. Se entiende por SMI al referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.
General |
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Diario |
33,33 euros/día |
Mensual |
1.000 euros/mes (x 14 pagas) |
Anual |
14.000 euros/año |
Singularidades |
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Contratos eventuales y temporeros (cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días) |
SMI + la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos y de las dos pagas extraordinarias, sin que pueda ser inferior a 47,36 euros/jornada legal. SMI + la parte proporcional de los días de vacaciones en el caso de que no hubiese podido disfrutar de ellas. |
Empleados de hogar (que trabajen por horas, en régimen externo) |
7,82 euros/hora efectivamente trabajada. |
Particulares:
- El salario en especie en ningún caso puede dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero del SMI.
- Los complementos salariales se adicionan al SMI.
- Esta revisión salarial no afecta ni a la estructura ni a la cuantía de salarios cuando éstos, en su conjunto y en cómputo anual, sean superiores a 14.000 €.
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