Real Decreto Ley 10/2020 que regula un permiso retribuido recuperable para los trabajadores que no presten servicios esenciales
Real Decreto Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
Publicación en el BOE y entrada en vigor el 29 de marzo de 2020.
Objeto
Adopción de medida del ámbito laboral que permite la limitación al máximo de la movilidad para evitar la propagación del virus.
Contenido a destacar
- Este RD ley se aplicará a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena, con las excepciones contenidas en el Anexo, calificados como sectores esenciales e incluso a los empleados con teletrabajo.
- Las personas trabajadoras afectadas por el presente RD ley, disfrutarán de un permiso obligatorio, retribuido y recuperable entre el 30 de marzo y el 9 de abril (ambos inclusive).
- La recuperación de las horas se podrá realizar desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma hasta el 31 de diciembre de 2020. Debiendo pactarse con la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) y preavisando a los trabajadores del conocimiento de día y hora de prestación de trabajo resultante.
- En aquellas empresas que deban aplicar el permiso retribuido recuperable, cabe la posibilidad de que establezcan un número mínimo de plantilla o turnos imprescindibles para mantener la actividad indispensable de la misma.
- En caso de imposibilidad de interrumpir la actividad de manera inmediata se establece el lunes 30 de marzo como día de moratoria para realizar tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar la reanudación de la actividad empresarial.
- No resultará de aplicación a las personas trabajadoras de las empresas adjudicatarias de contratos de obras, servicios y suministros del sector público que sean indispensables para el mantenimiento y seguridad de los edificios y la adecuada prestación de los servicios públicos.